JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida veintiuno de diciembre de 2004.-
194º y 145º
Vista la solicitud formulada por la ciudadana: ORIETTA MARIA CORDIDO (viuda) DE UNDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.719.212, de este domicilio y civilmente hábil, en su propio nombre y en representación de sus hijos ciudadanos: DALIANA MARIA UNDA CORDIDO, RAFAEL ALBERTO UNDA CORDIDO, MARIO ANTONIO UNDA CORDIDO, MARTA ELENA UNDA CORDIDO Y NATALIA ROSA UNDA CORDIDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-5.304.031, V-5.966.109, V-5.309.174, V-6.820.584 y V-8.045.122, respectivamente asistida por el abogado JESUS ALFREDO CERRADA MORENO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 85.117, de este domicilio y civilmente hábil, mediante la cual solicita se les declare Unicos y Universales Herederos del causante MARIO ALFONSO DE JESUS UNDA TAGLIAFERRO, quien era esposo de la solicitante, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-273.929, y quién falleció el día 03 de septiembre de 2004, según consta en acta de Defunción que anexan a la presente solicitud. Se admitió la solicitud se le dio el curso de Ley correspondiente en fecha 24 de noviembre 2004, y se ordenó que la declaración de los testigos, para lo cual se remitió original la solicitud, correspondiéndole por distribución al Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en donde declararon como testigos los ciudadanos: ANA FRANCISCA MORILLO CARREÑO, ALBA YELUTZI HERNANDEZ MACHADO, DORIS BEATRIZ OUNEDA BELLO, Y GABRIEL ANTONIO JELAMBI TERAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V-680.916, V-6.863.429, V-2.989.724 y V-670.191, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábiles, quienes estuvieron contestes en afirmar con diferencias de palabras que: Conocen de vista trato y comunicación a la ciudadana ORIETTA MARIA CORDIDO desde hace mucho tiempo y a sus hijos: DALIANA MARIA UNDA CORDIDO, RAFAEL ALBERTO UNDA CORDIDO, MARIO ANTONIO UNDA CORDIDO, MARTA ELENA UNDA CORDIDO Y NATALIA ROSA UNDA CORDIDO, que igualmente conocieron en vida a su cónyuge MARIO ALFONSO DE JESUS UNDA



TAGLIAFERRO, desde hace mucho tiempo, que les costa que falleció el día 03 de septiembre del año en curso, en su residencia, que igualmente les costa que esposo de ORIETTA MARIA CORDIDO y padre de DALIANA MARIA UNDA CORDIDO, RAFAEL ALBERTO UNDA CORDIDO, MARIO ANTONIO UNDA CORDIDO, MARTA ELENA UNDA CORDIDO Y NATALIA ROSA UNDA CORDIDO, que les consta que son sus únicos y universales herederos. Estas declaraciones el Tribunal las aprecia y les da todo el valor probatorio de conformidad con el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos: ORIETTA MARIA CORDIDO, DALIANA MARIA UNDA CORDIDO, RAFAEL ALBERTO UNDA CORDIDO, MARIO ANTONIO UNDA CORDIDO, MARTA ELENA UNDA CORDIDO Y NATALIA ROSA UNDA CORDIDO, del causante MARIO ALFONSO DE JESUS UNDA TAGLIAFERRO, se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.
Devuélvanse al interesado las presentes actuaciones originales. Désele salida.
EL JUEZ PROVISORIO

ABG. ANTONINO BALSAMO G.




LA SECRETARIA TITULAR

ABG. NELLY RAMIREZ CARRERO.