REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA

TRIBUNAL 1° DE LOS MUNICIP IOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO,
OBISPO JUAN RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA

El Vigía, 16 de Diciembre de 2.004
194° y 145°

Vista la anterior diligencia presentada por las partes en este proceso, ciudadano JUAN JOSÉ ROJO JIMENES, titular de la cédula de identidad N° V-14.782.478, asistido por la abogada CARLINA DE DUQUE, titular de la cédula de identidad N° V-1.515.391, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 1.350, parte demandada y el abogado NESTOR EDGAR ORTEGA TINEO, titular de la cédula de identidad N° V- 8.317.088, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.361, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante, mediante la cual la parte demandada convino en la demanda. En consecuencia, visto el convenimiento efectuado en la diligencia de fecha catorce (14) de diciembre de 2004, corriente al folio 12 y su vuelto, en la cual la parte demandada hace entrega del inmueble objeto de la presente demanda y queda restando la cantidad de Novecientos Mil Bolívares (Bs. 900.000,00) del monto demandado, el cual será cancelado el día Treinta (30) de Enero de 2.005; ambas partes convienen en dejar resuelto el Contrato de Arrendamiento discriminado en autos, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa el convenimiento realizado entre las partes, y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. Este Tribunal se abstiene de archivar el presente expediente, hasta tanto no conste en autos el haberse cumplido con el definitivo pago.
LA JUEZ
ABG. CARMEN E. RINCON R.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ANA FERNÁNDEZ DE MURILLO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en al auto anterior.
La Secretaria Temporal,

Ana Fernández de Murillo.
Expediente N° 2043-04.
Ma.Eugenia.