REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS

En el día de hoy, 28-01-04, siendo las 10:30 am, se traslado y constituyo el Juz. Esp. Ejecutor de Medidas de los Mcpios. Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el sitio en las oficinas de Transporte Alfonso Contreras C.A (TRACCA), Carretera Mérida El Vigía, sector la Variante Municipio Sucre. Lagunillas, a fin de practicar la medida de Embargo Preventivo decretado por el Juz. de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Mérida. Se encuentra presente el ciudadano: JOSÉ TRINIDAD CONTRERAS ARELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.712.711, quién fue debidamente notificado de la misión del tribunal y permitió el acceso voluntario y permitió el acceso voluntario del tribunal a las oficinas de transporte Alfonso Contreras C.A (TRACCA). Se encuentra presente el Abogado JOSÉ GASTO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.456.127, en su carácter de endosatario en Procuración de JOSÉ TITO LOPEZ PUENTE, quién solicito el derecho de palabra al tribunal y concedido que le fue expuso:”sollicito respetuosamente de este tribunal se le conceda un plazo de tiempo a la parte demandada a fin de que se presenten los representantes legales o apoderados a fin de que se haga cualquier acuerdo o transacción en este acto, se nombre Perito avaluador y Depositaria Judicial Autorizada, para que en caso de que no se llegue a ningún acuerdo se proceda a ejecutar la medida para lo cual este digno tribunal ha sido comisionado. Es todo.”En este estado el tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda conceder veinte minutos contados a partir de las 10:50 am, y nombrar como Perito Avaluador al ciudadano: HUGO DARIO GONZALES GONZALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.030.522, quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de ley, y nombrar como Depositaria Judicial autorizada a la ciudadana: MARLENE DEL CARMEN PORTILLO NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.744.581, quién estando presente acepto el cargo y prestó el juramento de ley, representante de la Depositaria Judicial LEX S.A, seguidamente el tribunal vencido el plazo concedido a la parte demandada insta al Perito avaluador para que proceda a Avaluar y describir los bienes. En éste mismo acto concedido el derecho de palabra al abogado: JOSE GASTON GUTIERREZ VILLALOBOS, antes identificado, señale:”Señalo para ser Embargado Preventivamente un vehículo chuto, marca: FREIGHTLINER (ELITE) columbia, año: no se ve, Placa: 09H-SAG Táchira, color blanco puro, en buenas condiciones, sin serial visible tiene dos tanques de gasolina, un extinguidor, logotipo en las puertas que dice Alfonso Contreras C.A. (TRACCA), Transporte Alfonso Contreras, en la parte frontal o delantera, también dice TRANSPORTE ALFONSO CONTRERAS C.A (TRACCA). En este estado solicito el derecho de palabra el perito avaluador: HUGO DARIO GONZALES GONZALES, antes identificado y concedido que le fue expuso:”El vehículo señalado por el abogado: Gastón Gutiérrez, parte actora se encuentra en buenas condiciones, tiene diez quedasen regulares condiciones, el cual valoro en la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (40.000.000,00 Bs.). En este estado solicito el derecho de palabra el abogado JOSE GASTON GUTIERREZ, antes identificado y concedido que le fue expuso: “renuncio al señalamiento del vehículo pues me han presentado unos documentos en el cual aparece como propietario del vehículo, la Institución Bancaria CITIBANK. Es todo. En este estado se hizo presente el ciudadano: AKFONSO DE JESUS CONTRERAS ARELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.032.116, quién fue debidamente notificado de la misión del tribunal, asistido en este acto por el abogado: ALBIO LUBIN MALDONADO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.990.568, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 15.480. En este estado solicito el derecho de palabra el Abogado: JOSE GASTON GUTIERREZ, parte actora antes identificado y expuso:”Solicito al tribunal suspenda la practica de la medida de Embargo Preventivo y la remisión del expediente o Comisión al tribunal comitente o causa, asimismo solicito se revoque el nombramiento de Perito Avaluador nombrado y Depositaria Judicial autorizada nombrada en este acto”. En este estado el tribunal vista la petición hecha por la parte demandante acuerda revocar los nombramientos de Perito Avaluador y Depositaria Judicial designados en este acto, acuerda abstenerse de practicar la mediada para lo cual ha sido comisionado y enviar las actuaciones al Juzgado Comitente. Este tribunal deja expresa constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales y que por esta actuación no se cobro tasa arancel o emolumento alguno, dada la gratuidad de la justicia. Y se acuerda el regreso a la sede siendo la 1:20 pm, terminó se leyó y conformes firman. El Juez: Carlos E. Ramírez R. El Notificado: José Trinidad Contreras Arellano. Abogado de la parte demandante: José Gastón Gutiérrez Villalobos. Notificado: Alfonso de Jesús Contreras Arellano. El abogado asistente: Albio lubin Maldonado Rodríguez. Por la Seguridad del tribunal: Cabo Segundo N° 349; Duran Rivas José, Agente 251 José Zambrano. La secretaria: Hilce Valladares F. El Alguacil: Simón Peña.