REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Merida, 9 de Junio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-1999-000493
ASUNTO : LL01-P-1999-000493


Visto el informe conductual del penado ZAMBRANO CORREDOR AMANDO portador de la cedula de identidad N° 13.229.693, remitido a este despacho desde la Coordinación Zonal de Tratamiento no Institucional de la Región Capital, quienes informan que el penado ha cumplido hasta la fecha satisfactoriamente las condiciones impuestas para el otorgamiento de la Libertad Condicional que le fue acordada en fecha 02-11-1999, la que terminara en fecha 03-02-2006, tal como consta al folio 341, este Tribunal acuerda mantener al mismo en dicha formula alterna de cumplimiento de pena y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. Notifíquese a las partes, telegrafíese al penado. Cúmplase.

La Juez de Ejecución N° 02


Abog.Auxiliadora Arias de Caraballo

La Secretaria.

Abg.
En esta misma fecha se libró boletas notificación N° 25505-04 y telegrama N° 25507-04.
La Sria.