EXTENSION EL VIGIA
Tribunal Penal de Control N° 07
El Vigía, 17 de Junio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LJ11-S-2002-000018
DECISION : N° 230/04

Visto el escrito presentado por el investigado ciudadano: ROLANDO ALBEIRO MORALES, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 10.905.148, residenciado en el sector Mesa de Adrián, ( al lado del grupo escolar José Gregorio Ramírez ) Bailadores, Estado Mérida, asistido en este acto por el ABG. EFREN ORTIZ, en el cual solicita que la medida de presentación sea revisada y se sustituya por una menos gravosa o se amplié las presentaciones, ya que el ciudadano en cuestión ha cumplido sus presentaciones puntualmente cada cuarenta y cinco (45) días, tal y como consta en el libro de presentaciones llevados por la oficina de alguacilazgo de este tribunal y con el Sistema Juris 2000, y de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia de lo anteriormente planteado, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 07, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Ampliar el lapso de presentaciones realizadas por el investigado ciudadano: ROLANDO ALBEIRO MORALES, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 10.905.148, residenciado en el sector Mesa de Adrián, ( al lado del grupo escolar José Gregorio Ramírez ) Bailadores, Estado Mérida , de cuarenta y cinco (45) días a presentaciones cada sesenta (60) días, por ante este Circuito Judicial Penal, así se decide con base en los artículos 2, 26, 257, de la Constitución Nacional, y artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 264 , del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Cúmplase. Notifíquense a las partes de la presente decisión.

EL JUEZ DE CONTROL N° 07
ABG. JOSE GREGORIO HERNANDEZ C

LA SECRETARIA