REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad. Tovar, primero (01) de octubre de dos mil cuatro (2004).-

194º y 145º

Vista la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones, así como el justificativo promovido y evacuado por ante el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar del Estado Mérida, en fecha: 20 de agosto de 2004 y cumplidas como han sido las formalidades de ley al respecto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, TITULO SUPLETORIO AD-PERPECTUAM MEMORIA, para asegurarle a la ciudadana: FIDELIA BUSTAMANTE DE LINARES, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad No. 1.706.372, domiciliada en la Población de Zea del Estado Mérida y civilmente hábil, que es ella la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA DEL CAUSANTE: VICENTE ELÍAS BUSTAMANTE, quien falleció el día: 1º de junio de 2004, en la calle 11, apartamento 6-3, en jurisdicción del Municipio Rivas Dávila, a las cuatro y treinta minutos de la tarde, según se desprende del acta de defunción inserta por ante el Registro Civil del Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida, bajo el No. 25, del año: 2004. Quedan a salvo los derechos de terceras personas, déjese constancia de lo actuado en el libro diario de este Despacho y copia fotostática simple de lo actuado en el archivo de este Tribunal, entréguese original al interesado.-
EL JUEZ Temporal,

Abg. EULOGIO SÁNCHEZ C.

LA SECRETARIA,

Abg. SANDRA L. CONTRERAS.
En la misma fecha se anotó en el libro de solicitudes bajo el No. 133.-

LA SECRETARIA,

Abg. SANDRA L. CONTRERAS.