REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 12 de abril de 2005.
Años 194° y 146


En fecha 23 de febrero de 2005, presentó escrito ante este tribunal la ciudadana Patricia Katherina Quiroz Gutiérrez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.082.283 y de este domicilio, asistida por el Abg. Segundo Ramón Ramírez, Inpreabogado N° 30.758, actuando en nombre propio y en representación de su hijo Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, mediante el cual solicita se les declare Únicos y Universales Herederos, así como también a los ciudadanos Yrika Alejandra y Dulce Esterllina Peralta Pérez, del de cujus ciudadano Pío Ramón Peralta, quien era titular de la cédula de identidad N° V-5.458.849.
Vistos los recaudos acompañados, a saber: acta de defunción del ciudadano Pío Ramón Peralta, que cursa al folio 4 del expediente; copias certificadas de las partidas de nacimiento de los hijos del mencionado ciudadano, que corren insertas de los folios 5 al 7 del expediente, así como las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanos Maria Esther Parra e Isidra Rafaela Parra, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.853.185 y V-10.853.229 respectivamente, que rielan a los folios 17 y 18 del presente expediente; este tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos Patricia Katherina Quiroz Gutiérrez, Yrika Alejandra Peralta Pérez, Dulce Esterllina Peralta Pérez y al niño Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente,, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano Pío Ramón Peralta, quien era titular de la cédula de identidad N° V-5.458.849, fallecido ab-intestato en fecha 30 de octubre de 2002, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.

Devuélvanse originales con sus resultas a la parte interesada y déjese copia fotostática en el archivo de este tribunal.

La Juez,

Abg. Emir Morr Núñez.
La Secretaria,

Abg. Anilec Silva

En la misma fecha se tomó razón y se cumplió con lo ordenado. Entréguese original a la solicitante.
La Secretaria,

Abg. Anilec Silva

Exp. N° 1048/05.
EMN/as/ajg.-