REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 13 de Abril de 2005
AÑOS 194° y 146°

Por cuanto de la acta que conforman el presente expediente, la cual corre inserto al folio 67 del expediente, se evidencia que los ciudadanos WILLIAN BRAN ALDANA Y LUISA ELENA SUAREZ, con cédulas de identidad Nros. 11.278.114 Y 11.273.416, respectivamente, mayores de edad y de este domiciliado. Han llegado a un mutuo CONVENIMIENTO, donde el ciudadano WILLIAN BRAN ALDANA, expone que: ofrece como Obligación Alimentaria para su hija: IDENTIDAD OMITIDA, la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000, oo) mensuales, y para el mes de Octubre del 2.005, le empezara a depositar la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00), los cuales depositará en la cuenta de Ahorro N°. 010-403497-2 del Central Banco Universal, así como también se compromete a sufragar los gastos por concepto de útiles escolares y medicinas, igualmente para el mes de diciembre de cada año los gastos de los aguinaldos de su hija antes mencionada. Ofrecimiento que fue aceptado en todas sus partes por la parte demandante, ciudadana LUISA ELENA SUAREZ, como consta en el acta corriente al folio 67 del presente expediente. Es por lo que este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenimiento, de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Artículo 262 del Código de Procedimiento Civil.



Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Chivacoa, a los Trece (13) días del mes de Abril de 2005.

El Juez Temporal,

Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,

YSAURA GIMENEZ

En esta misma fecha, siendo las 10:00 a.m., se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretar


YSAURA GIMENEZ