REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, veintidós de abril de dos mil cinco.-
194° y 146°

Vista la transacción celebrada mediante diligencia de fecha 21 de abril por la abogada en ejercicio CARMEN FLORES DE TORRES, en su condición de apoderada judicial del ciudadano ANTONIO ARMANDO TORRES FLORES y como abogado asistente del ciudadano LUIS ALBERTO TORRES FLORES, partes demandadas, por una parte y por la otra el abogado en ejercicio FRANCISCO PULIDO ZAMBRANO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadanos BELINDA HERNANDEZ LUJAN, VIRGINIA MARGARITA HERNANDEZ LUJAN, GLADYS MARGARITA HENANDEZ LUJAN y CECILIA HERNANDEZ LUJAN, en consecuencia y conforme a lo solicitado este Tribunal acuerda homologar como en efecto así será lo decidido en dicha transacción de conformidad con lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 1.718 y por cuanto las partes tienen suficiente capacidad para disponer de lo comprendido en la transacción conforme a lo previsto en el Artículo 1.714 del Código de Procedimiento Civil y habida consideración que de acuerdo con el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.718, la transacción tiene entre las partes la misma fuerza de la cosa juzgada y en razón de que la transacción no esta fundada en documento falsos en los términos del Artículo 1.721 del texto legal sustantivo y a señalado ni se puede producir nulidad en orden a lo previsto en el Artículo 1.147 del Código de Procedimiento Civil ya que no existe error de derecho en la referida transacción, debiendo destacar que según el Artículo 1.666 eiusdem los contratos no tienen efecto sino entre las partes contratantes, no dañan ni aprovechan a terceros, excepto, en los casos establecidos por la Ley. En orden a todo lo antes expuesto, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la expresada transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada y se abstiene de ordenar el archivo del expediente, hasta tanto conste en autos la obligación contraída conforme la ley.EL JUEZ TITULARALBIO CONTRERAS ZAMBRANOLA SECRETARIA TITULARSULAY QUINTERO QUINTEROACZ/SQQ/gu.LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. C E R T I F I C A: Que las copias que anteceden son fieles y exactas de sus originales, las cuales se encuentran insertas en el expediente número 08236 que cursa por ante este Juzgado y cuya carátula dice: DEMANDANTE: BELINDA HERNANDEZ LUJAN Y OTROS.- DEMANDADO: LUIS ALBERTO TORRES SUAREZ Y ANTONIO ARMANDO TORRES FLORES- MOTIVO: SIMULACION DE VENTA y que se expiden y certifican de conformidad con los artículos 111 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en Mérida, veintidós de abril de dos mil cinco.-
LA SECRETARIA TITULAR


SULAY QUINTERO QUINTERO


SQQ/gu.-