REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, dos de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: LH21-L-2003-000007

ACTA TRANSACCIONAL

EXPEDIENTE Nº: LH21-L-2003-000007

PARTE ACTORA: PABLO EMILIO DUGARTE PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.031.322, de este domicilio y hábil.-

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: MARIA YOLANDA GONZALEZ DE DUGARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.370.

PARTE DEMANDADA: TRANSGAS C.A., Inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bojo el Nº 1.508, Tomo 1 de fecha 10 de junio 1965.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

Vista la diligencia de fecha 11 de noviembre de 2005, que corre inserta al folio 250 del presente expediente, suscrita por el ciudadano Pablo Emilio Dugarte Peña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.031.322, en su condición de parte demandante, asistido en este acto por la abogado en ejercicio María Yolanda González de Dugarte, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.370, por una parte, y por la otra la abogada Yeliyza Alarcón Sanabria, inscrita en el Impreabogado bajo el Nº 56.294, en su condición de Apoderada Judicial de la Parte Demandada, convienen en cancelar, DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOCE CON CUARENTA Y UN BOLEVARES, (Bs. 2.942.712,41). Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, homologa la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente juicio, y se ordena remitir el expediente al archivo judicial a los fines de la guarda y custodia. Cópiese y Publíquese.-

Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Mérida, a Los dos (02) día del mes de Diciembre de Dos Mil Cinco.

LA JUEZ,

ABG. MARIANA APONTE QUINTERO



LA SECRETARIA,


ABG. EGLI MAIRE DUGARTE


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se dictó la presente decisión siendo las 10:48 a.m.-



LA SECRETARIA,

ABG. EGLI MAIRE DUGARTE