REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en esta ciudad. Tovar, treinta y uno (31) de enero de dos mil cinco.
193º y 145º
Vista la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones así como la declaración de testigos evacuado por ante este mismo Juzgado , que obra a los folios 10 y 11 de la presente solicitud, e igualmente consta agregado a los folios 05 y 06 de la presente solicitud Informe Técnico emanado del Ministerio de Agricultura y Tierras Oficina Auxiliar M.A.T. Tovar y, cumplidas como han sido las formalidades de Ley al respecto este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO AD PERPETUAM MEMORIA, para asegurarle a la ciudadana: CARMEN LUISA IBARRA GUZMÁN, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.283.403, con domicilio en el Municipio Tovar del Estado Mérida, la plena propiedad posesión y dominio sobre las mejoras descritas en el escrito solicitud, construidas sobre un lote de terreno perteneciente a la Municipalidad de Tovar, Estado Mérida, ubicado en la Loma de la Virgen Sector Puente El Chayotal, vía Buscatera, Parroquia Tovar, Municipio Tovar del Estado Mérida, cuyas medidas y linderos se especifican amplia y suficientemente en la solicitud.- Quedan a salvo los derechos de terceras personas, déjese constancia de lo actuado en el libro diario de este Juzgado y copia fotostática simple del mismo en el archivo de este Tribunal y hecho lo cual devuélvase original al interesado.
El Juez Provisorio,

Abg. Ismael E. Gutiérrez


La secretaria,

Abg. Sandra Contreras