REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, diecinueve de enero de dos mil cinco.

194° Y 145°

Visto el desistimiento efectuado en fecha 18 de enero de 2.005, (folio 53) por la abogada en ejercicio ELDA COROMOTO DELGADO, en su condición de apoderada judicial de la parte solicitante ciudadana ANTONIA SÁNCHEZ ZAMBRANO, mediante la cual desiste del presente procedimiento, en consecuencia este Tribunal observa que la prenombra abogada se encuentra facultada para desistir según poder de fecha 27 de diciembre de 2.004, obrante a los folios 54 y 55, en consecuencia conforme a lo solicitado este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, y da por terminado el presente juicio. Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dra. GLADYS MARÍA IZARRA SÁNCHEZ

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO


GMIS/SQQ/ymr.