JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, doce de enero de dos mil cinco.

194° y 145°

Visto el pedimento formulado por la abogada MARIA MASCARELL SANTIAGO, en su condición de Procurador Agrario Regional del Estado Mérida, autorizada por la Junta Administradora de la Procuraduría Agraria Nacional y actuando en representación de la coquerellada, ciudadana HILDA ALBARRAN SANTIAGO DE MARQUEZ, por requerimiento, en diligencia de fecha 30 de noviembre de 2004 y ratificada en fecha 08 de diciembre de 2004 (folios 216 y 217, segunda pieza), en las cuales solicita se acuerde fijar nuevamente oportunidad para la celebración del acto conciliatorio entre las partes y que sean notificadas las mismas y a sus apoderados; el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, ordena la notificación de las partes y de sus apoderados judiciales, advirtiéndoseles que quedan emplazadas para el acto conciliatorio que tendrá lugar a las diez de la mañana (10:00 a.m) del segundo día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos la última notificación ordenada, más un (1) día que se les concede como término de distancia de venida, el cual se efectuará en la Sala de Audiencia de este Juzgado, ubicado en la Avenida 14 con calle 8, Edificio Don Efigenio, 2do. Piso, Nº 7-13 de esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida. Asimismo, se les advierte que realizado o no dicho acto, no habrá más prórroga y se procederá a sentenciar la causa. En virtud, de que el coquerellado, ciudadano ADELSO MARQUEZ, le solicitó la renuncia al poder que conjuntamente con la ciudadana HILDA ALBARRAN SANTIAGO DE MARQUEZ, le habían conferido a los abogados ANTONIO RAMON PEÑALOZA SUAREZ y CARMEN CECILIA RIVAS DE PEÑALOZA, y a la vez manifestó que el Procurador Agrario lo podía representar en la continuación del proceso; es por lo que se le indica a la referida Procuradora Agraria, abogada MARIA MASCARELL SANTIAGO, que asuma dicha representación, así se establece. Para la práctica de la notificación de la parte querellante, ciudadanos JESUS ANTONIO ALBARRAN SANTIAGO y ATILIO ALBARRAN SANTIAGO, y de la parte querellada, ciudadanos HILDA ALBARRAN SANTIAGO DE MARQUEZ y ADELSO MARQUEZ, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; para la de la apoderada judicial de la parte querellante, abogada ROSALIA VALERO DE DURAN, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta misma Circunscripción Judicial, en su carácter de actual distribuidor, a fin de que el Alguacil del Tribunal a quien le corresponda por distribución practique la notificación en el domicilio procesal indicado, y la de la abogada MARIA MASCARELL SANTIAGO, Procuradora Agraria del Estado Mérida, entréguesele al Alguacil de este Tribunal para que practique dicha notificación. Provéase lo conducente.


El Juez Provisorio,


Dr. José Francisco A. Méndez Cepeda


La Secretaria Temporal,


Ab. María Hilda Ramírez


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede, librándose boletas de notificación a la parte querellante, ciudadanos JESUS ANTONIO ALBARRAN SANTIAGO y ATILIO ALBARRAN SANTIAGO y a la parte querellada, ciudadanos HILDA ALBARRAN SANTIAGO DE MARQUEZ y ADELSO MARQUEZ, remitiéndose con oficio N° 014-2005 al Juzgado de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; a la apoderada judicial de la parte querellante, abogada ROSALIA VALERO DE DURAN, remitiéndose con oficio N° 015-2005 al Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en su carácter de actual distribuidor, a los fines de que el Alguacil del Tribunal a quien le corresponda por distribución practique la referida notificación en la dirección indicada como su domicilio procesal, y a la abogada MARIA MASCARELL SANTIAGO, Procuradora Agraria del Estado Mérida, entregándosele al Alguacil de este Tribunal para que practique la misma. Quedando anotadas sus salidas en el Libro de Comisiones bajo los Nros. 005 y 006, respectivamente.


La Sria. Temp.,


Ab. María Hilda Ramírez


Exp. N° 2377
ragb.-