REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA

TRIBUNAL 1° DE LOS MUNICIP IOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO,
OBISPO JUAN RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA

El Vigía, 12 de Enero de 2.005
194° y 145°
Visto el escrito presentado por el ciudadano DANIEL DE JESUS COGOLLO GUZMAN, titular de la cédula de identidad N° V-12.579.284, asistido por el abogado JOSE GREGORIO LATOUCHE, titular de la cédula de identidad N° V-4.773.479, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.952, parte demandante, se acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, visto el desistimiento de la acción y del procedimiento, realizado por la parte demandante en el presente juicio, según su escrito que obra al folio 59, de este expediente N° 2006-04, donde el ciudadano DANIEL DE JESUS COGOLLO GUZMAN demanda al ciudadano RAFAEL DAVILA BALZA, por Cobro de Prestaciones Sociales, por habérsele cancelado todo lo concerniente a sus prestaciones sociales, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa el Desistimiento realizado por la parte demandante, y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada. Se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente,
LA JUEZ

ABG. CARMEN E. RINCON R.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ANA FERNÁNDEZ DE MURILLO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en al auto anterior.
La Secretaria Temporal,
Ana Fernández de Murillo.
Expediente N° 2006-04.
Ma.Eugenia.