REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJ O DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
RECURSO DE APELACIÓN
Expediente No UC11-R-2004-000016
En el día de hoy, Jueves Diecisiete (17) de febrero del año dos mil cinco (2005), siendo las once y treinta (11:30 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo del Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado LEOPOLDO DURAN en su carácter de apoderado judicial del demandado contra la sentencia dictada en fecha 27 de junio de 2002 por el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue ante el A-quo el ciudadano JOSE GILBERTO LEON contra el MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY. Anunciado como fuera el acto se deja constancia que la parte recurrente no hizo acto de presencia ni por si ni por medio de apoderado. Asimismo se deja constancia que hizo acto de presencia la parte demandante a través del Ciudadano JOSE GILBERTO LEON titular de la Cédula de Identidad N° 4.968.741 asistido por la Abogado ANDREMAR SEQUERA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 102.252 en su carácter de Procurador Especial de Trabajadores. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abg. ALICIA FIGUEROA ROMERO, la ciudadana secretaria temporal Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el ciudadano Alguacil JUAN CARLOS GUEDEZ, por lo que se da inicio a la presente audiencia.-------------------
En consecuencia, no encontrándose presente la parte recurrente, de conformidad con el Artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, ordenándose la remisión del presente expediente a su Tribunal de origen.
DECISION
Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el Abogado LEOPOLDO DURAN en su carácter de apoderado judicial del demandado contra la sentencia dictada en fecha 27 de junio de 2002 por el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada.
Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los Diecisiete (17) días del mes de febrero de 2005. Años: 194º y 145º.-
La Juez Superior,
Abg. ALICIA FIGUEROA ROMERO
PARTE DEMANDANTE
JOSE GILBERTO LEON
Abg. ANDREMAR SEQUERA
La Secretaria Temporal
Abg. ZORAN GARCIA DIAZ
El Alguacil;
JUAN CARLOS GUEDEZ
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