REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.


Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía
Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N°01
El Vigia, 11 de Febrero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-1999-000061

AUTO PRESCRIPCION DE PENAS
Definitivamente firme como se encuentra la Sentencia Condenatoria, dictada por el Juzgado superior Segundo penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 29-11-1993, a través de la cual condenó al ciudadano Armando S. Torres Parra, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, este Tribunal observa:----------------------------------------------------------------------------
UNICO
Que desde el día 29-11-1993, hasta la presente fecha 11-02-2005, han transcurrido más de SEIS (06) AÑOS, SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DIAS, más de la mitad de la misma, razón por la cual este Tribunal de Ejecución N°01, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PRESCRITA LA PENA, de conformidad con lo previsto en el artículo 112 ordinal 1° del Código Penal, en armonía con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE. Notifíquese a las partes, y una vez agregadas las respecitvas boletas remítase al Archivo Judicial, para el resguardo y custodia. Cúmplase. ------------

Juez de Ejecución N°01



Abog. Carmen Aida Velazquez Maldonado
La Secretaria