REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VANEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
CORTE DE APELACIONES
San Felipe, 28 de julio de 2005
Años: 195° y 146°
Asunto Principal: UP01-O-2005-000018
Asunto Corte: UGO1-X-2005-000031
Motivo: Incidencia de Inhibición
Abg. Esmeralda Ramböck
Accionante (s): David Antonio Rodríguez
Procedencia: Corte de Apelaciones
Ponente: Abg. Elsy Leonor Cañizales
Vista la inhibición presentada por la Abogada ESMERALDA RAMBOCK, en su carácter de Juez Superior de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto UP01-O-2005-00018, AMPARO CONSTITUCIONAL intentado a favor de DAVID ANTONIO RODRÍGUEZ, se procede a resolverla, de conformidad con el encabezamiento del artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para lo cual se formulan las siguientes consideraciones:
La Juez inhibida invoca la causal 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, y alega que:
“…Revisadas las actuaciones que cursan a lo largo del presente dossier signado UP01-O-2005-000018, pude apreciar que conocí el Asunto Principal signado UP01-P-2002-00337, relacionado con el presente Amparo en fechas 12 de mayo de 2003 y 02 de julio de 2003, en donde me pronuncié decretando medida privativa judicial preventiva de libertad al acusado de autos, David Antonio Rodríguez; y celebré la Audiencia Preliminar, respectivamente, cuando me desempeñaba como Juez de Control N° 1…”
Al respecto se observa que, indudablemente, la situación descrita por la funcionaria inhibida, constituye una circunstancia grave, que afecta su capacidad subjetiva para conocer del asunto sometido a su consideración y le impide decidir con imparcialidad y objetividad. En consecuencia, su inhibición se encuentra justificada, por encuadrar la situación de hecho planteada, en la causal alegada.
DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Juez Superior ESMERALDA RAMBOCK, en el asunto UP01-O-2005-00018, AMPARO CONSTITUCIONAL intentado a favor de DAVID ANTONIO RODRÍGUEZ. Notifíquese a la Juez inhibida.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, en San Felipe a los veintiocho (28) días del mes de julio del año dos mil cinco (2005). Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
Abg. Elsy Leonor Cañizales Lomelli
Juez Presidente
Ponente
Abg. Alicia Olivares
Secretaria
ELCL/luzmery
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