TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 02 Mérida, Veintidós de Junio del año dos mil Cinco.-

195º y 146º
Revisado como ha sido el presente expediente y vista el acta que antecede del presente expediente, inserta al folio 61, en la cual el ciudadano JOSE JUAN RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.276.010, manifiesto al Tribunal que su nieto el adolescente OMITIR NOMBRE, esta bajo su responsabilidad hasta la presente fecha, le ha correspondido sintiéndose satisfecho con sus estudios y actuaciones, atendiendo sus recomendaciones y orientaciones. El adolescente manifestó estar cursando 1er año de Ciencias en el Liceo de Ejido, que anualmente tiene contacto con la madre en la ciudad de Maracaibo, el Tribunal observa que tanto el abuelo, como el adolescente se encuentra identificado, demostrando una gran madurez en la entrevista y visto el informe Social consignado, es favorable por lo que acuerda el cierre y archivo del expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 4008. DEMANDANTE: RODRIGUEZ JOSE JUAN. Adolescente: OMITIR NOMBRE. MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR. Procedencia: Fiscalia Novena del Estado Mérida, Fecha de Entrada: 10-01-2002. CÚMPLASE.-----------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ PROVISORIO DE JUICIO Nº 02


ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA

Fm/4008