REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, 22 DE JUNIO DE 2005
AÑOS: 195° 146°
Vista la solicitud formulada por la Ciudadana MARY YSABEL GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.854.007, y de este domicilio, actuando en nombre y representación de sus hijos identidades omitidas, mediante la cual solicita AUTORIZACIÓN para realizar los tramites ante la empresa SEGUROS NUEVO MUNDO, a fin de cobrar la Alícuota parte que a cada uno de sus hijos le corresponde, dejado por su fallecido padre NAPOLEON SEQUERA. Esta Sala de Juicio para decidir hace las siguientes observaciones. PRIMERO: Consta al folio dos (2) del presente expediente la copia simple fax de la Póliza de contratada por SEGUROS Nuevo Mundo, signada con el Nº APCO9808000902, de la cual se desprende que el ciudadano Sequera Napoleón era beneficiario de dicha póliza, SEGUNDO: Consta al folio tres (3) copia simple, del acta de Defunción del Ciudadano NAPOLEON SEQUERA, a los folios cuatro y cinco (4 y 5) copia fotostática de la Partida de Nacimiento del adolescente identidad omitida y de la niña identidad omitida, de la cual se desprenden que los mismos son hijos del fallecido. Al folio 12, consta oficio recibido de MGH Protección Integral C.A.- Caracas, con copia anexa de comunicación enviada por Seguros Nuevo Mundo. A los folios 14 al 29, rielan copias simple del titulo de únicos y universales herederos, expedido en fecha 30/03/05, ante este tribunal. Visto lo anterior este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Conceder AUTORIZACIÓN a la Ciudadana MARY YSABEL GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° 10.854.007 y de este domicilio; para que en nombre y representación de sus hijos el adolescente identidad omitida y de la niña identidad omitida cobre por ante SEGUROS NUEVO MUNDO, la alícuota parte que le corresponde al prenombrado adolescente y a la niña, de la Póliza de Vida Nº APCO9808000902 dejado por el ciudadano NAPOLEON SEQUERA, quién era portador de la Cédula de Identidad N° 7.075.131 fallecido ab-intestato en fecha 22-09-2004.
Tráigase a los autos Cheque de Gerencia por las cantidades de dinero que le corresponda al mencionado adolescente y a la niña, a nombre de este Tribunal a los fines de ser depositados una Cuenta de Ahorros que será aperturada para tal fin, en una entidad bancaria de esta localidad.
Expídase por secretaria copia certificada de la presente Autorización para que surtan sus efectos legales. Certifíquese copia.
La Juez,
ABG. EMIR JANDUME MORR NUÑEZ
La Secretaria Acc,
ABG. ADIBY ABDEL
Sol. N° 1056/05
EJMN.sa.-
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