REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZULA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 9 de junio de 2005
Años 195° y 146°
En fecha 8 de junio de 2005 se recibe solicitud formulada por la Defensora Pública Quinta del estado Yaracuy Abg. Anilec Silva, asistiendo a la niña (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de once (11) años de edad, quien es hija de la ciudadana YAJAIRA COROMOTO ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.459.350, mediante la cual solicita AUTORIZACIÓN para tramitar PASAPORTE por ante la ONIDEX , este Tribunal para decidir, hace las siguientes consideraciones:
La solicitante consignó partida de nacimiento, informes médicos de la niña de autos insertos a los folio 3, 4, 5 y 7, fotocopia de la cédulas de identidad de la madre de la niña de autos cursantes al folio 6. Así mismo se evidencia al folio 11 cursa boleta debidamente firmada por la Fiscal Séptima del Ministerio Público del estado Yaracuy, y revisados los recaudos anteriormente señalados se evidencia que se han cumplido todos los requisitos de Ley, es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA conceder autorización a la ciudadana YAJAIRA COROMOTO ALVARARDO, titular de la Cédula de Identidad No. 5.459.350, para que tramite la documentación necesaria (PASAPORTE) ante la ONIDEX, de la niña (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de once (11) años de edad.
Expídase copia certificada de la presente autorización para que surta los efectos legales y devolver los documentos originales presentados con la solicitud y en su lagar dejar copia certificadas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los nueve (9) días del mes de junio de dos mil cinco. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación
El Juez,
Abog. Frank Santander Ramírez
La secretaria,
Abog. Ana López
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