REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 3 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-S-2000-000002
ASUNTO : LL01-S-2000-000002

Por cuanto consta en autos al folio 164 que el penado NESTOR MOISÉS DELGADO GUDIÑO concluyó satisfactoriamente con el Régimen de Libertad Condicional y transcurrido como fué igualmente el lapso para la sujección a la vigilancia de la autoridad; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA EXTINGUIDA LA PENA CORPORAL y las accesorias a que fué condenado el mismo (pena de NUEVE AÑOS DE PRESIDIO), por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, PORTE ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO Y ROBO IMPROPIO, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el artículo 479 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquense a las partes.

Así mismo, una vez quede firme la presente decisión ofíciese al Consejo Nacional Electoral y a la Dirección de Prisiónes del Ministerio del Interior y Justicia.

La Juez de Ejecución N° 02,



Abg. Auxiliadora Arias de Caraballo

La Secretaria,



En la misma fecha se libraron boletas de notificación Nos. 77.358-05 al 77.360-05.



SRIA.


AM