REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 8 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-2001-000052
ASUNTO : LL01-P-2001-000052

Vista la solicitud de permiso procedente de la Dirección del Centro de Pernocta “ José María Olaso” del Estado Mérida, mediante el cual el penado GERSON RUIZ PUCHE, titular de la cédula de identidad N° v-10.719.181, quien se encuentra bajo la formula alterna de cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, requiere permiso para la temporada de Semana Santa, es decir, para los días 24 al 27 de marzo del corriente año a los fines de compartir dicha temporada con sus familiares en la siguiente dirección: AVENIDA 01, HOYADA DE MILLA, PASAJE SAN ANTONIO, CASA N° 1-46 EN MERIDA DEL ESTADO MERIDA. Este Tribunal en atención a tal requerimiento acuerda conceder dicho permiso, debiendo el penado regresar a pernoctar a primera hora de la mañana del lunes 28-03-2005, debiendo la dirección de dicha institución, informar a este Tribunal de inmediato, sobre el ingreso del penado a ese Centro en la fecha antes indicada. Y así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Notifíquese a las parte y al penado. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION NUMERO DOS

ABG. AUXILIADORA ARIAS DE CARABALLO
SECRETARIA




Se cumplió con lo acordado en el auto anterior, emitiéndose boletas de notificación Nros.78448-05, 78449-05, 78450-05. Y se ofició bajo N° 27967-05.

Sria