REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de marzo de dos mil cinco.-

194° y 146°

Vista la transacción celebrada entre las partes en fecha 17 de febrero de 2005 en el cuaderno de embargo, mediante la cual deciden poner fin al juicio mediante una transacción. En consecuencia, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Y no se archive el expediente hasta tanto conste en autos el total cumplimiento de la transacción.

LA JUEZ PROVISORIO,




Abg. RORAIMA MÉNDEZ DE MAGGIORANI.-


EL SECRETARIO,


Abg. JESUS ALBERTO MONSALVE.


Exp. Nº 5733.-