REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA
Tribunal Penal de Juicio N° 4

Mérida 05 de MAYO de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: LG01-P-2002-000003
ASUNTO: LP01-P-2004-000445

AUTO ORDENANDO TRASLADO DE DETENIDO
Por cuanto, se recibió oficio N° AP: 125 /04 de fecha 27 de abril de 2005, suscrito por el COMISARIO JEFE (PM) LIC. JOSE ERNESTO IBARRA ROSALES, DIRECTOR DE LA POLICIA DEL ESTADO MERIDA, en el cual expone: “(...) informarle que el día de hoy miércoles 27 de abril de 2005 a las 09:00 hrs.am, se propicio una situación de alteración de orden público, en el momento cuando se da inicio a la visita por parte de los familiares. En dicho motín fue agredido el Funcionario Dtgdo. N° 05 JOSE ARELLANO por parte de los detenidos incitando a motín, originaron daños materiales a la infraestructura interna del Reten Policial, quedando sin fluido eléctrico y daños a la parte del rejado que comunica a cada una de las celdas, e igualmente prendieron fuego a unos materiales de oficina que se encontraba en uno de los cubiculos, lo que nos obligó a solicitar la presencia de la Defensoría del Pueblo, apersonándose al lugar la Abog. Defensora Auxiliar, Maria Eugenia Paredes quien colaboró a restablecer el orden. En virtud de tales circunstancias, reiteramos que fue enviado oficio con el número 002265 de fecha 20ABR05, donde se solicita el traslado inmediato al Centro Penitenciario Región Andina del ciudadano: PRIETO MATERAN ELVER ANTONIO Cédula de Identidad 18.637.301, debido a que presenta problemas de conducta, En consecuencia a lo antes expuesto y haciendo notar que los mismos no deben permanecer en estas Instalaciones, las cuales no son para detenciones preventivas y no para cumplir penas o esperando un proceso judicial.”

Así las cosas, el Tribunal informó vía telefónica a la fiscalia Primera de Proceso del Ministerio Público, por ser parte, en la presente causa, haciendo acto de presencia por ante este despacho el ABG. Federico Nava Vitoria, el día lunes 02 de mayo a las 9:00 am, quien de manera verbal solicitó al Tribunal el traslado del ciudadano PRIETO MATERAN ELVER ANTONIO Cédula de Identidad 18.637.301, al Centro Penitenciario de los Andes, por ser este, su lugar de reclusión y para evitar daños mayores a la infraestructura del Comando General de Policía y a los detenidos.

Este Tribunal para decidir observa: que la razón le asiste a la representación fiscal, puesto que el sitio de reclusión de procesados, como el caso de PRIETO MATERAN ELVER ANTONIO, el cual se encuentra en FASE DE JUICIO es el CENTRO PENITENCIARIO DE LA REGION ANDINA con sede en San Juan de Lagunillas del Estado Mérida y no otro, debiendo la Dirección de dicho centro carcelario recibirlo y mantenerlo recluido hasta tanto se establezca su situación jurídica. Cumplase.

Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, EN FUNCIONES DE JUICIO N° 4 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y ordena el traslado inmediato del ciudadano PRIETO MATERAN ELVER ANTONIO Cédula de Identidad 18.637.301, al Centro Penitenciario de Los Andes. Cúmplase. Ofíciese a la Dirección de Policía del Estado Mérida y a la Dirección del Centro Penitenciario, remítase la boleta de traslado y Notifíquese a las partes.

EL JUEZ,

ABG. JOSE GERARDO PEREZ RODRIGUEZ.

LA SECRETARIA,

ABG. YENY VILLAMIZAR