REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nº 03. MÉRIDA, ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CINCO.---------------------------------------------------------------------------------------

195º Y 146º

Visto el convenimiento suscrito por los ciudadanos LUIS ALBERTO ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.905.957, domiciliado en la Primera entrada a Santa Juana, primer estacionamiento, edificio azul, piso 5, Mérida, Estado Mérida y MARIANA DEL CARMEN REINOZA DE ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.588.276, domiciliada en la Avenida Principal Los Chorros de Milla, entrada La Campiña, Nº 0-4, Mérida, Estado Mérida, quienes comparecieron por ante la Fiscalía Novena del Ministerio Público para la Protección del Niño y del Adolescente del Estado Mérida, mediante acta Nº 240, de fecha 26 de mayo de 2005, en relación a la Fijación de Régimen de Visitas, a favor de los niños OMITIR NOMBRES, de seis (06) y siete (07) años de edad, respectivamente, el cual convinieron en los siguientes términos: el padre “la madre me llevará a los niños a casa de mi hija, ciudadana ANA IDELGARDIS ARANGUREN DE TORRES, los días domingos cada quince (15) días a partir de las diez de la mañana (10:000 am) y los recogerá a las cuatro de la tarde (04:00 pm) ese mismo día. Presente la madre de los niños quien manifestó estar de acuerdo con lo expuesto por el padre. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE VISITAS suscrito por los ciudadanos LUIS ALBERTO ARANGUREN y MARIANA DEL CARMEN REINOZA DE ARANGUREN identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. CÚMPLASE.-----------

LA JUEZA TEMPORAL Nº 03


ABOG. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA.

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

Sria.

Exp. Nº 12548
Cherald.-