REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, cuatro de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : LH21-L-2003-000025


ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE LH21-L-2003-000025
PARTE ACTORA: Yenifer Del Valle Peña Sulbaran
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Ana Alicia Leal Moreno, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: Carlos Alfonso Gudiño
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE HUMBERTO VOLCANES DAVILA Y JUAN VICENTE MALDONADO GUERRERO, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 58.055 y 89.482 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy cuatro de noviembre de dos mil cinco, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, solamente hizo acto de presencia los abogados en ejercicio JOSE HUMBERTO VOLCANES DAVILA Y JUAN VICENTE MALDONADO GUERRERO, en el cual consigna en este acto instrumento poder en original, dejando copia simple para que previa certificación sea agregado a los autos, donde consta la representación como apoderados judiciales de la parte demandada, seguidamente consignaron en copia recibo de pago y hoja de calculo de prestaciones sociales( TERMINACION DE LA RELACION LABORAL), se ordena agregar los mismo al presente expediente, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195º y 146º

LA JUEZA,



MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO





LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA,





JOSE HUMBERTO VOLCANES Y JUAN VICENTE MALDONADO,






LA SECRETARIA,



EGLI MAIRE DUGARTE DURAN


En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.



SRIA.