ASUNTO PRINCIPAL : UP01-S-2003-000606
ASUNTO : UP01-P-2003-000669
De conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal de Ejecución N° 1 procede a Ejecutar la Sentencia y practicar el Computo definitivo en los siguientes Términos: El penado CARLOS ANTONIO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° 7.317.249, fue condenado por el Tribunal de Juicio Nº 3 de este Circuito Judicial en fecha 01/12/2004, a cumplir la pena de SIETE AÑOS Y SEIS MESES DE PRESIDIO MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, por el delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente María Alejandra Alvarez Medina. Así mismo consta en autos que el referido penado fue detenido el día 17/04/2003 hasta el 20/04/2004, fecha en la cual se le otorgó una medida cautelar sustitutiva de libertad, por lo que estuvo detenido Tres (3) días, posteriormente al declararse culpable se le privó de libertad desde el 01 de Diciembre de 2004 hasta la presente fecha (28/11/05), es decir, por un lapso de UN (1) AÑO, por lo que se infiere que en total lleva detenido UN (1) AÑO, faltándole por cumplir de la pena impuesta SEIS (6) AÑOS, SEIS (6) MESES, la cual vence el día 28/05/2012 a las 12:00 pm. Así mismo se le notifica que podrá optar al beneficio de Destacamento de trabajo al cumplir la ¼ parte (1 año, 10 meses, 15 días) de la pena es decir el 13/10/2006; Régimen Abierto al cumplir el 1/3 de la pena (2 años, 6 meses) es decir el 28/05/2007; Libertad Condicional al cumplir las 2/3 partes de la pena (5 años), es decir el 28/11/2009; Confinamiento al cumplir las ¾ partes de la pena (5 años, 7 meses, 15 días) es decir el 13/07/2010; la mitad de la pena son 3 años, 9 meses, la cual vence el 28/08/2008, fecha esta a partir de la cual puede solicitar Redención de pena de conformidad con el artículo 508 del COPP. Expídase copia certificada del presente auto para su remisión al Internado Judicial de esta ciudad. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
Juez de Ejecución N° 1
Abg. Alcy Mayte Viñales
Secretaria
Abg. Anna Ibarra
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