REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUIZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MERIDA

195° Y 146°

EXPEDIENTE NRO. 6433



La presente causa ingresa a este Juzgado por demanda intentada por la ciudadana LIDY CORREA DE ARDILA en su condición de Apoderada Judicial de la Inmobiliaria Segura Administración, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 13.804.786, abogada, de este domicilio y hábil, CONTRA: FAUSTO LEYDER ROJA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.443.613, de este domicilio y hábil, POR: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLIVARES. Ahora bien, la demanda fue admitida en fecha 20 de Agosto de 2003, en este Juzgado, observándose que desde el 06 de Noviembre de 2003 no consta ninguna otra actuación y como quiera que desde ésta fecha, hasta el día de hoy, han transcurrido más de dos (2) años de inactividad procesal, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VERNEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 251 de la Ley Adjetiva Civil, y una vez conste en autos su notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. ------------------------------------------------------------
Notifíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.----------------
DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, 09 de Noviembre de Dos Mil Cinco.
LA JUEZ:

ABG. FRANCINA M. RODULFO ARRIA


EL SECRETARIO TEMPORAL:

ABG. JOSE R. RONDON M.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, previa las formalidades de Ley, siendo la una de la tarde. Se libró boleta de notificación.

EL SECRETARIO TEMPORAL:

ABG. JOSE R. RONDON M.
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Mcgd.-