REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL
ESTADO YARACUY
San Felipe, 13 de octubre de 2005.
195º y 146º
Visto el escrito presentado por la Defensora Pública Décima del estado Yaracuy, Abg. Yrela Cham Rodríguez, prestándole asistencia a los hermanos (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), este último representado por su madre, ciudadana Iraima Gregoria Rivero Rodriguez donde solicita se les nombre Únicos y Universales Herederos del ciudadano ELIS ARGENIS CASTILLO ROMERO, quien fuera titular de la Cédula de Identidad Nº 7.910.973; Vista el acta de defunción del ciudadano ELIS ARGENIS CASTILLO ROMERO; que cursa al folio 06. Vistas las partidas de nacimiento de niños de autos, cursantes a los folios 4, 5, 6, 7 y 8. vistas las declaraciones rendidas por los testigos, ciudadanas Eladio Segundo Rivero y Pedro Luis Martinez Garranchan, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 5.442.219 y 10.372986, respectivamente; este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, a los hermanos (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), y a la ciudadana IRAIMA GREGORIA RIVERO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 15.104.303 UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ELIS ARGENIS CASTILLO ROMERO, fallecido en fecha 17-07-2005; sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.
DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE ESTA PROVIDENCIA.
La Juez Temporal,
Abg. Maritza Sánchez La secretaria,
Abg. Ana Matilde López
En la misma fecha se tomó razón y se cumplió con lo ordenado. Entréguese original a los solicitantes. La Secretaria,
Abg. Ana Matilde López
Sol. Nro. 1163/05
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