REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion de San Felipe
San Felipe, 10 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2003-000082
ASUNTO : UP01-P-2003-000082


Visto el escrito suscrito por el penado LEANDRO DAVID VELIZ VERA, donde solicita se actualice su cómputo, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: El penado LEANDRO DAVID VELIZ VERA, fue condenado por el Tribunal de Juicio N° 3 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 28 de Abril del 2003 a cumplir la pena de Nueve (9) Años de Presidio.
SEGUNDO: Consta en autos que el penado fue detenido en fecha 06/02/2003 hasta la presente fecha 06/10/2005, estando en consecuencia detenido Dos (2) Años Ocho (8) Meses. Faltándole por cumplir de la pena impuesta Seis (6) Años Cuatro (4) Meses de conformidad con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Así mismo se le notifica que podrá optar por cualquiera de las fórmulas alternativa de cumplimiento de la pena a partir de las siguientes fechas: Destacamento de Trabajo: 06-07-2005, Régimen Abierto: 06-02-2006, Libertad Condicional: 06-02-2009 y del Confinamiento: 06-11-2009, finalizando su Condena en fecha 06-02-2012.
Queda así actualizado el cómputo de pena del penado LEANDRO DAVID VELIZ VERA, titular de la Cédula de identidad N° 15.389.385. Notifíquese la presente resolución al penado, Fiscal del Ministerio Público y a su Defensor. Cúmplase.

Abg. Jenny Andaluz Affigne
Juez de Ejecución N° 2
Abg. Julibeth Paz
Secretaria