REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy San Felipe, 24 de octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO: UP11-L-2005-000124
Vista la diligencia suscrita por los abogados MANUEL VICENTE NAVAS, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada y JOSE D. SEGURA en su condición de apoderado de la parte actora e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 11.563 y 95.580 respectivamente, ambas partes de mutuo acuerdo solicitaron la reprogramación de la audiencia, y expusieron “Visto que esta planteado un convenimiento como alternativa de solución del litigio, solicitaron en este acto al Tribunal se sirva reprogramar la prolongación fijada para el día de hoy, al día viernes 28 de Octubre”. En consecuencia éste Juzgado en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR la Audiencia Preliminar Prolongada para el día VIERNES 28-10-2005, a las DOCE (12:00 M) del MEDIODIA, no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

LA JUEZ,



Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ



LA SECRETARIA,


Abg. GRECIA VERASTEGUI






Hora de Emisión: 9:40 AM