ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2003-000006
ASUNTO : LL11-P-2003-000006

COMPUTO DE PENA

Visto el escrito suscrito por la Abogada Ledy Pacheco, en su condición de Defensora Pública, recibido por el Tribunal en fecha 04-10-2005 (f. 136), en el cual solicita COMPUTO DE PENA ACTUALIZADO, correspondiente al Penado: CAMILO ENRIQUE HURTADO RIVAS, Este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, ACUERDA elaborar un Cómputo Actualizado, a fin de determinar con exactitud la fecha en que finalizará la condena el penado y, en su caso, la fecha a partir de la cual el penado podrá solicitar, cualquiera de las fórmulas alternativas del cumplimiento de pena, conforme lo establece el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, hecho lo cual remítase copia certificada a dicho Internado Judicial. A tal efecto se OBSERVA: Que el Penado: CAMILO ENRIQUE HURTADO RIVAS, venezolano, mayor de edad, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 29-01-1984, soltero, titular de la cédula de identidad N° 18.208.248, domiciliado en la Blanca, 12 de Octubre, casa N° 10-02, El Vigía, Estado Mérida, fue detenido en fecha 02-11-2002, permaneciendo en las mismas condiciones hasta la presente fecha 06-10-2005, es decir, por un lapso de DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES y CINCO (05) DIAS, que se le computan como pena cumplida y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de SALIM FAIZ HALAL, por lo que le falta por cumplir un tiempo de pena CINCO (05) AÑOS y VEINTICINCO (25) DIAS, la cual cumplirá el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑOS DOS MIL DIEZ (31/10/2010), AL FINALIZAR EL DIA. En tal sentido Líbrese oficio al Director de la Cárcel Nacional de Sabaneta, remitiéndole copia certificada del presente Cómputo, del auto de Sentencia y del Ejecútese, a los fines de que se agreguen a la Carpeta Carcelaria, y a la vez solicitarle al Director de la referida Cárcel, remita a la mayor brevedad, Constancia de Conducta del penado CAMILO ENRIQUE HURTADO RIVAS. Líbrese oficio al Jefe de la Unidad de Apoyo N° 01, ubicada en la Avenida 15-A, N° 71-57, Municipio Coquivacoa, Maracaibo, Estado Zulia, remitiéndole copia certificada de la sentencia y ejecútese, a los fines de que le elaboren el Informe Psicosocial, al penado CAMILO ENRIQUE HURTADO RIVAS, por cuanto el mismo opta al beneficio de Régimen Abierto. Líbrese boleta de notificación al penado quien se encuentra actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Sabaneta, Maracaibo, Estado Zulia, que deberá consignar oferta de trabajo y constancia de residencia, expedida por la Prefectura del lugar de su domicilio y Líbrese y remítase los oficios correspondientes y boleta de notificación al penado. Cúmplase.

JUEZ DE EJECUCION N° 02

ABG. JESUS ORLANDO RONDON

LA SECRETARIA

ABG