REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 22 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000252
ASUNTO : LP01-P-2003-000252

Visto el escrito presentado por la Defensa Pública, en fecha 26 de noviembre del año 2004, en el cual solicita que en fecha 02-04-03, el tribunal a mi cargo otorgó medida cautelar de presentaciones cada ocho (8) días al imputado JOSE ENDER MENDOZA OVIEDO, a la cual a dado estricto cumplimiento , por lo que solicita se le distancien sus presentaciones para una vez cada mes, toda vez que trabaja en un taller mecánico y se le hace difícil dar cumplimiento a dichas presentaciones una vez a la semana, así mismo este Tribunal de Control N° 03 solicito la causa a la fiscalía Quinta en diferentes oportunidades mediante oficios, consignada ante este Tribunal el día 16 de Septiembre de 2005, es decir diez (10) meses después, por lo que pasa a considerar lo siguiente:
EL TRIBUNAL

Asiste la razón a la defensa en que este tribunal de Control N° 03 , acuerde las presentaciones una vez por mes, es decir cada treinta (30) días, dejando sin efecto la otorgada cada ocho (8) días, por cuanto este imputado a cumplido cabalmente las presentaciones impuestas y se encuentra trabajando dignamente en un Taller Mecánico, estando en suspenso su investigación por mas de dos (2) años por parte de la Fiscalía del Ministerio Público, quien presentó su acto conclusivo Acusación el 16 de septiembre del año 2005, siendo decretado el procedimiento ordinario el 02 de abril del año 2003. Siendo equitativo lo solicitado por la defensa este tribunal manifiesta su conformidad con tal pedimento.
DECISIÓN
Por las razones tanto de hecho como de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Control 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud de la defensa de acordar las presentaciones del imputado JOSÉ ENDER MENDOZA, plenamente identificado en autos, de conformidad con el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, cada treinta (30) días por ante este Circuito Judicial Penal, y se deja sin efecto las presentaciones cada ocho (8) días.-Cúmplase.
SEGUNDO: Se acuerda notificar a las partes de la presente decisión.


JUEZ TEMPORAL DE CONTROL N° 03

ABOG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
LA SECRETARIA

ABOG. YANIRA LOBO GUILLEN