TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO Nº 02. MERIDA, ONCE DE ABRIL DEL DOS MIL SEIS.

195º Y 147º


Vistas las actas que integran el presente expediente y vista el acta levantada por este Tribunal que corre inserta al folio 65, de esta misma fecha, en la cual la ciudadana SONIA MARGARITA GODOY, solicita se decline la Competencia al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad del Vigía por cuanto ella y sus hijos tiene su domicilio en Tucaní. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Se declara INCOMPETENTE en razón del TERRITORIO para conocer de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 453 y 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena DECLINAR la competencia al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en El Vigía, para que conozca de la causa. CUMPLASE Expediente Nº 04182. DEMANDANTE: SONIA MARGARITA GODOY; DEMANDADO: GARCIA RAMIREZ RAUL; MOTIVO: FIJACION OBLIGACIÓN ALIMENTARIA; Procedencia: PARTICULAR. FECHA DE ENTRADA: 01/02/2.002. Librese oficio y déjese copia en el expediente.

LA JUEZA TITULAR UNIPERSONAL Nº 02


ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO



LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sría.



Logv/04182