Acta de Ejecución de Medias
Hoy, Veintiséis (26) de Abril del Año Dos Mil Seis (2006), siendo la una de la tarde (1:00 p.m.), se trasladó y constituyó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, integrado por el Dr. FRANKLIN OVIEDO FLORES, titular de la cédula de identidad N° V-7.010.216, en su carácter de Juez y la Secretaria Titular CARMEN M. PINTO, titular de la cédula de identidad N° V-7.504.201, en la Urbanización Las Tunitas, Avenida Principal, Inmueble Nº 48-08, Municipio Nirgua Estado Yaracuy, sitio indicado por la parte interesada a objeto de practicar la EJECUCION FORZOSA, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, sobre unas bienhechurías enclavadas en una parcela de Terreno Ejido Municipal, con una superficie de Sesenta y Cuatro Metros Cuadrados (64M2), consistentes en Un (01) local comercial con un área de construcción de Sesenta y Cuatro Metros Cuadrados (64M2), Un (01) apartamento con un área de construcción de Sesenta y Cuatro Metros Cuadrados (64M2) y una terraza de Treinta metros Cuadrados (30M2), ubicada en la Urbanización Las Tunitas, Avenida Principal, Inmueble Nº 48-08 del Municipio Nirgua Estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Con casa que es o fue de Macario Pineda; SUR: Con casa que es o fue de Pedro Montoya; ESTE: Con casa que es o fue de Jorge Rivera y; OESTE: Con avenida principal que es su frente, en el Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguido por el ciudadano: ZERPA ROMULO ANTONIO contra el ciudadano: GIMENEZ ANGARITA NICASIO JOSE Y OTRO. Estando presente la parte Actora ciudadano: ROMULO ANTONIO ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.762.334, con domicilio en Nirgua Estado Yaracuy, asistido en este acto por el Abogado FRANCIS SAUL FRANCO SANOJA, titular de la cédula de identidad N° V-4.867.023, Inpreabogado Nº 22.286, con domicilio en Valencia Estado Carabobo y aquí de tránsito. Se nombro Depositario Judicial Provisorio al ciudadano: PEDRO JOSE MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, carpintero, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-6.717.787, con domicilio en el Barrio Aire Libre Segunda Calle, casa S/N, Nirgua Estado Yaracuy, de conformidad con el Articulo 539 del Código de Procedimiento Civil, hasta tanto dicha designación recaiga en persona calificada por la Ley, a quien se le impuso de los deberes del cargo que asume de acuerdo al Código de Procedimiento Civil y la Ley Sobre Deposito Judicial , quien presente en este acto acepta el cargo , jura cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes al mismo como un buen padre de familia. También se encuentra presente la ciudadana ALICIA ESTHER CARO ARTEAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.274.795, de este domicilio en su condición Secretaria y en este acto como Representante del CONSEJO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO NIRGUA ESTADO YARACUY. Se deja constancia que se encuentra presente una Comisión de la Guardia Nacional del Municipio Nirgua Estado Yaracuy, integrado por los ciudadanos: Cabo Segundo RAUL RENZO ROJAS y el Distinguido JHONNATHA DERBIS PEREZ, titulares de las cédulas de identidades números: V-11.881.852 y V-12.709.921 respectivamente, adscritos al Tercer Pelotón, Segunda Compañía, Destacamento N° 45, Comando Regional N° 4, Municipio Nirgua Estado Yaracuy. Seguidamente se procedió a notificar de la misión del Tribunal a una persona que se identifico como el ciudadano: OSCAR MARTINEZ MAIDANA, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-24.544.506, con domicilio en el Sector Las Tunitas Avenida Principal Nº 48-08 Nirgua Estado Yaracuy, quien solicitó al Tribunal le concediera un plazo de treinta (30) minutos para buscar su abogado a los fines de estar debidamente asistido. El Tribunal vista la solicitud del notificado siendo las 2:30 p.m, acuerda concederle el plazo requerido a partir de la hora arriba señalada. Seguidamente, transcurrido el tiempo solicitado se hizo presente el ejecutado ciudadano, OSCAR MARTINEZ MAIDANA, plenamente identificado, asistido de la abogada MARY DEGEL GARCIA , Inpreabogado Nº 74.135, titular de la cédula de identidad Nº V-5.456.889, y de este domicilio. Acto seguido, en virtud de haber cerrado el inmueble el ejecutado se procede de conformidad con lo establecido en el Artículo 591 del Código de Procedimiento Civil ha designar un cerrajero, recayendo dicha nombramiento en la persona del ciudadano: FERNANDO JOSE PINTO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-11.652.385, con domicilio en la calle Nº 8 entre avenidas 12 y 13 el Calvario, cerrajería Nirgua, Nirgua Estado Yaracuy, quien acepta el cargo para el cual ha sido nombrado. En este estado interviene la parte actora asistida por su abogado anteriormente identificado y expone: “Solicito muy respetuosamente al Tribunal proceda con la entrega del inmueble a que se contrae el Mandamiento de Ejecución Decretada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Seguidamente el ejecutado expone: Acepto la práctica de la medida de desalojo y acato el Mandamiento de Ejecución ordenado por el Tribunal de la Causa. Es todo”. Acto seguido, el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ejecutado el Mandamiento de Ejecución ordenada por el Tribunal de la causa, haciéndole entrega de las bienhechurías anteriormente descritas al ciudadano, ROMULO ANTONIO ZERPA, plenamente identificado en esta acta. Seguidamente se deja constancia que los bienes muebles encontrados en las bienhechurías fueron retirados por su propietario ciudadano, OSCAR MARTINEZ MAIDANA, parte ejecutada plenamente identificada. Es Todo”. Siendo las Cinco y Cuarenta y Cinco de la tarde (5:45 p.m), el Tribunal habiendo cumplido su misión ordena su regreso a la sede. Termino, se leyó y conformes firman.

El Juez,
Dr. FRANKLIN OVIEDO FLORES
El Notificado,

OSCAR MARTINEZ MAIDANA,


La Parte Actora,
ROMULO ANTONIO ZERPA,

Abogado Asistente de la parte Actora,

FRANCIS SAÚL FRANCO SANOJA


Representante del Consejo de Protección al Niño y el Adolescente,

ALICIA ESTHER CARO

La Comisión de la Guardia Nacional.

C/2: RAUL RENZO ROJAS

Dgto: JHONNATHA DERBIS PEREZ,

EL Depositario Judicial Provisorio,

PEDRO JOSÉ MARQUEZ

EL CERRAJERO,
FERNANDO JOSÉ PINTO HERNANDEZ

La Secretaria,
Carmen Mirían Pinto