Visto el escrito presentado por el Abogado CESAR HUMBERTO SERRANO RAMIREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 69.823, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSE NEPTALI MORALES RAMIREZ y NOBERTO ENRIQUE ZAMBRANO RIVERA, mediante el cual solicita a este Tribunal de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal; la entrega material del vehículo MARCA FORD, MODELO F-750, AÑO 1977, COLOR AZUL, CLASE CAMION, SERIAL MOTOR 6VD1T552014, SERIAL CARROCERIA AJF75T13515, TIPO ESTACA, USO CARGA, y en el cual además plantea:
- Que dicho vehículo se encuentra retenido desde el Sábado 18-06-2005
- Que el Fiscal Cuarto del Ministerio Público no ha presentado acto conclusivo alguno, habiendo transcurrido siete meses de estar dirigiendo la Investigación del caso y tampoco ha remitido las actuaciones pertinentes y los medios probatorios promovidos de autos a este Tribunal por lo que ha producido un retardo procesal.
- Que se solicite a la Fiscalía Cuarta de esta Circunscripción Judicial, remita las actuaciones investigativas y medios probatorios que conforman el dossier de la investigación de este caso.
- Que una vez recibido el dossier investigativo, con prescindencia a la celebración de audiencia, decida este Tribunal sobre la respectiva entrega material, toda vez que ya han sido diferida dos audiencias por razones no imputables a su parte.
Ahora bien observa, quien aquí en su carácter decide, que el solicitante continua planteando argumentaciones del fondo de la controversia, la cual no podrá ser objeto de análisis de este Tribunal en este acto, toda vez que lo ajustado a derecho en el presente caso es SOLICITAR CON CARÁCTER URGENCIA al Fiscal Cuarto del Ministerio Público la remisión de la totalidad de las Actuaciones que conforman el Dossier Investigativo signado con el No. 22F4-375-05, para luego de recibido, este Tribunal pueda ordenar fijar nueva oportunidad para la celebración de Audiencia Especial y una vez celebrada esta, con respeto el Debido Proceso y el Derecho de ser Oído., decidir lo que corresponda. Ofíciese lo conducente. Notifíquese y Cúmplase.
LA JUEZA
LA SECRETARIA
ABG. MILAGRO PRIETO LEAL
ABOG. YULIBETH PAZ
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