JUZGADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 3 de Agosto de 2006
Años: 196º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la interesada, ciudadanas MARIA YOLANDA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 7.916.734, y DORYS BEATRIZ FARFAN PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. 13.503.405, ambas domiciliadas en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias en un lote de terreno municipal, ubicadas en el Sector Los Mochuelos del Municipio Independencia del estado Yaracuy, el cual mide aproximadamente Cincuenta y Cinco con Sesenta y Ocho Metros Cuadrados (55,68 Mts2), el cual consisten en un sembradío de 100 matas de yuca; dentro de los siguientes linderos: NORTE: Sr. Ramón Farfán; SUR: Sr. José Infante; ESTE: Calle ciega frente al Sanjón El Martirio; y OESTE: Sr. Simón Materano, a favor de la ciudadana ANAHIS MARIA MATERANO DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.256.456 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal. 857/06
La Jueza,


Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,

La Secretaria,


Abg° Karelia Marilú López Rivero.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.
La Secretaria,


Abg° Karelia Marilú López Rivero.