JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 07 de Agosto de 2006.
Años: 195° y 146°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, la ciudadano: MEDINA ANGEL RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 7.585.939 y domiciliado en Santa Maria calle Yaracuy, N° 47, el ciudadano: DURAN MONTOYA JUAN JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 7.511.515 y domiciliado en Santa María calle Bolívar casa S/n, y el ciudadano: HENRRIQUEZ EUDI RAMON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 7.559.316 y domiciliado en Santa María calle Colombia N° 48, los tres del Municipio Cocorote, Estado Yaracuy, y sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías construidas en una parcela de terreno del Asentamiento Tacarte, propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) que mide Siete Hectáreas con cincuenta (7.50has), ubicada en la Jurisdicción de los Municipios Cocorote y Páez hoy Municipios Autónomos de Cocorote y Sucre del Estado Yaracuy, distinguida con el N° 18; las cuales consisten en una cerca perimetral hecha con alambre de púa y estantillo, siembra de maíz, frijoles y auyama; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Parcela N° 17; SUR: Parcela N° 19; ESTE: Carretera San Felipe a Santa Maria y OESTE: Calle B; a favor de las ciudadanas: DILCIA MERCEDES LUGO SOTERAN, ALIDA MARGARITA LUGO SOTERAN Y NORMA COROMOTO SOTERAN, Venezolanas, mayores de edad, solteras, titular de las Cédulas de Identidad Nos. 12.082.565, 7.913.597, 8.515.929 respectivamente y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asigno el N° 863/2006-

La Jueza,

Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,

La Secretaria,
LA
Abg°. Karelia Marilú López Rivero.


En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-

LA La Secretaria,


Abg°. Karelia Marilú López Rivero.