JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 07 de Agosto de 2006.
Años: 195° y 146°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, el ciudadano: OCARIZ JIMENEZ MANUEL RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 1.368.284, domiciliado en la avenida segunda, N° 79 La Cañada, Nirgua, Municipio Nirgua y el ciudadano: DIAZ ZERPA JULIO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N°. 1.856.513 y domiciliado en le vereda 43 N° 16 Urbanización la Ascensión San Felipe, Municipio San Felipe ambos del Estado Yaracuy, y sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) que mide mas o menos Treinta Hectáreas (30.has), ubicada en el Caserío La Nasa, Parroquia Salom, Jurisdicción del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy; las cuales consta de pasto natural y artificiales como capin melao, brasileña y gamelote, cercado en circunferencia con alambre de púas y setos vivos, una manga para embarcadero de ganado vacuno, de estantes de madera, frutos de cielo cortos, y además anexidades; cuyos linderos son los siguientes: NACIENTE: Con terrenos de José Castillo y Rómulo Colmenares; PONIENTE: Con terrenos que son o fueron de la sucesión Pernalete; NORTE: Con terrenos que son o fueron de la Sucesión de Cantalicio Herrera; SUR: Con terreno ocupado por Armando Rivas; alambre de por medio, a favor de la ciudadana: DEYSY del VALLE NUÑEZ TOVAR, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nos. 4.100.778, y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asigno el N° 865/2006-
La Jueza,

Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,



La Secretaria,
LA
Abg°. Karelia Marilú López Rivero.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-

LA La Secretaria,


Abg°. Karelia Marilú López Rivero.