ASUNTO : UP01-P-2006-000016
Vista la comunicación emanada de la Comisaría de Patrulleros Cocorote, suscrita por el Inspector T:S:U. Alexander Parra, mediante la cual solicita la actualización de ordenes de aprehensión emanadas por este Juzgado, y consigna copia simple la emanada en el presente asunto en fecha 08-01-2006 en contra del imputado de autos JULIO CESAR MEDINA. Este Tribunal para decidir pasa a revisar las actuaciones y constata:
Que dicha orden de aprehensión fue materializada en fecha 09-01-2006 por efectivos adscritos al destacamento 45 de la Guardia Nacional y que en fecha 11-01-2006, este Tribunal celebró Audiencia Especial de Presentación de Imputados, en la cual se acordó medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con el Artículo 256, Ordinales 3 y 5, razones por la cual este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley decide: Dejar sin efecto la referida orden de Aprehensión y se debe ordenar la exclusión del Sistema de Registro de Información Policial como solicitado. En consecuencia Ofíciese a todos los Cuerpos de Seguridad y Orden Público del Estado y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas. Cúmplase lo ordenado.
El Juez
El Secretario
Abg. Milagro Prieto Leal
Abog. Fernando Salcedo.