TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR SEDE CIUDAD BOLIVAR


ASUNTO: FP02-L-2006-0000293

Ciudad Bolívar, 01 de Agosto del año 2.006
196° y 147°


Definitivamente firme como ha quedado la decisión dictada por este Despacho en fecha 14-07-06, este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena el ARCHIVO DEFINITIVO, de la presente causa. A los 196° años de la Independencia y 147° de la Federación PUBLIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.
LA JUEZ

ABG. LETICIA FERREIRA MALAVE.
LA SECRETARIA.

ABG. MARIA ESTHER REYES I.

En esta misma fecha, siendo las Diez y Diez Minutos de la mañana (10:10 A.M.) se publicó la presente decisión, dando cumplimiento a lo ordenado en la misma.

LA SECRETARIA.

ABG. MARIA ESTHER REYES I.

LFM/meri.