TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR SEDE CIUDAD BOLIVAR
ASUNTO: FP02-L-2006-0000293
Ciudad Bolívar, 01 de Agosto del año 2.006
196° y 147°
Definitivamente firme como ha quedado la decisión dictada por este Despacho en fecha 14-07-06, este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena el ARCHIVO DEFINITIVO, de la presente causa. A los 196° años de la Independencia y 147° de la Federación PUBLIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.
LA JUEZ
ABG. LETICIA FERREIRA MALAVE.
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA ESTHER REYES I.
En esta misma fecha, siendo las Diez y Diez Minutos de la mañana (10:10 A.M.) se publicó la presente decisión, dando cumplimiento a lo ordenado en la misma.
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA ESTHER REYES I.
LFM/meri.
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