REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, 11 de Agosto de 2006
1956 y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : FH15-L-2005-000290
ASUNTO : FH15-L-2005-000290

HOMOLOGACION
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

ACCIONANTE: JOSE JESUS RAMOS MILLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9. 944.574, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL: GERMAN QUIJADA, venezolana, mayor de edad, abogado en el ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo lo N° 59.010, de este domicilio.-
ACCIONADA: ISOTRON, S.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil, en fecha 11 de Enero de 2002, bajo el N° 38 del Tomo 1-A-Pro.-
APODERADO JUDICIAL: SILVIA A. CONTRERAS . S.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO.-


Visto el escrito transaccional de fecha 08 de Agosto de 2006 presentado por la ciudadana SILVIA A. CONTRERAS S. abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 106.843, actuando en nombre y en representación de la demandada ISITRON, S.A., por una parte; y por la otra, el ciudadano, JOSE JESUS RAMOS MILLAN parte actora, debidamente representado por el ciudadano GERMAN QUIJADA, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 59.010, todos plenamente identificados en autos. Del escrito ,que en la cláusula tercera del escrito transaccional manifiestan las partes que: “ Que el reclamo se da por terminado bajo la figura del mutuo acuerdo,…. Que la enfermedad padecida por el demandante diagnosticada como Hernia Discal L4-L5…, es de origen común o degenerativo, … que el demandante recibe como pago único transaccional la cantidad de DOCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 12.000.000,oo)…”. Así mismo en cláusula cuarta del escrito transaccional manifiesta: “… el demandante visto el acuerdo suscrito conviene y acepta la misma…declarando expresamente que las sumas convenidas en la presente transacción han sido suficientemente discutidas y acordadas entre las mismas…”
Asimismo, expresaron en la Cláusula Sexta: "...""Las Partes" aceptan el carácter de cosa juzgada que la presente transacción tiene a todos los efectos legales…, ambas partes solicitan a este Despacho que de conformidad con los artículos 3 parágrafo único de la Ley Orgánica de Trabajo imparta la correspondiente homologación y le de el carácter de COSA JUZGADA a la presente transacción”… (SIC).

Este Tribunal visto que ambas partes solicitan a esta Instancia se sirva homologar la transacción que antecede; en consecuencia, este Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, verificada que la mediación ha sido positiva la cual se refleja evidentemente del escrito de transacción presentado y que está debidamente firmado por todas las partes involucradas en el presente proceso, no siendo contraria a derecho, ni vulnera derechos irrenunciables del extrabajador ni de orden público, es por lo que HOMOLOGA LA TRANSACCION CONSIGNADA POR LAS PARTES en fecha 11 de Agosto de 2006, toda vez que cumplieron con todos los requisitos de la transacción como figura de auto-composición procesal aceptada en la Ley Orgánica del Trabajo para resolver la controversia de la presente causa, dándole efecto de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los Artículos 9 y 10 de su Reglamento, en concordancia con los Artículos 255 y 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la remisión al archivo judicial del expediente original, vencido que sea el lapso legal correspondiente, a los fines de su seguridad y resguardo. Remítase.

Regístrese, publíquese y déjese copia en el compilador respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los 11 días de Agosto de 2006.- Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-


LA JUEZA,

YANIRA MARTINEZ
LA SECRETARIA,



En la fecha señalada, se registró y publicó la anterior decisión, en horas de Despacho, siendo las tres y treinta de la tarde (03:30 p.m.).-

LA SECRETARIA,