FJ01-X-2006-00028
PONENTE: DRA. MARIELA CASADO ACERO
Vistas las anteriores actuaciones igualmente el Acta por medio del cual el DR. OMAR ALONSO DUQUE JIMENEZ, Juez Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, se INHIBE de seguir conociendo la presente causa donde aparece como Acusado: JORGE LUIS FILGUEIRA MARQUEZ, inhibición que se ha fundamentado en la causal prevista en ordinal 4º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal y dicha causal la invocó conforme a lo previsto en el artículo 87 Ejusdem; esta Corte de Apelaciones, para decidir al respecto observa:
S E G U N D A
El invocado artículo 86, en su numeral 4º del Vigente Código Orgánico Procesal Penal, contempla como causal legítima de Recusación e Inhibición: “Por tener con cualquiera de las partes amistad o enemistad manifiesta; .”.-
El prenombrado funcionario como fundamento de su inhibición expuso lo siguiente:
“(Omissis)…Me inhibo de conocer la causa por tener enemistad manifiesta con el abogado Defensor Rafael Huncal Martínez y por considerar afectada mi imparcialidad que como Juez debo observar al darse por cumplida la causal contenida en el articulo 86 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal… y dicha causal la invoco, conforme a lo previsto en el artículo 87 Ejusdem…”
T E R C E R A
D I S P O S I T I V A
Esta Sala para decidir, aprecia que la inhibición propuesta por el ciudadano DR. OMAR ALONSO DUQUE JIMENEZ, Juez Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, está totalmente ajustada a derecho y a la norma invocada por el mismo con suficiente asidero en las Leyes que regulan el proceso, es por lo que en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR la inhibición planteada, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86, ordinal 4º del vigente Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese esta decisión y remítanse las actuaciones al Juzgado de origen a los fines indicados en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Désele salida.
EL JUEZ PRESIDENTE,
DR. FRANCISCO ÁLVAREZ CHACÍN
LAS JUEZAS,
DRA. GABRIELA QUIARAGUA
DRA. MARIELA CASADO ACERO
Ponente
EL SECRETARIO DE SALA,
ABOG. CARLOS RETIFF
FACH/GQG/MCA/Simón.-
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