JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 18 de Diciembre de 2006.
Años: 195° y 147°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: LOPEZ ANGEL LEODEGARIO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 2.572.071 y domiciliado en Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y BRICEÑO LANDAETA ERIKA ELIZABETH Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad No. 14.337.617 y domiciliada en Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad Municipal, para un área total de Quinientos Cincuenta metros cuadrados sin centímetros (550,00mts2), ubicado en la calle 24 o batalla de Carabobo con avenida Rafael Urdaneta, frente a los patrulleros de Bruzual, barrio Andres Bello de la ciudad Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituidas por una casa distribuida de la siguiente manera; Una sala, un cuarto, un baño, una cocina; cuyos linderos son: Norte: Terreno de Rosa Soteldo, Sur Solar y casa de Angelina Marchan, Este: Calle 24 que es su frente, y Oeste: Zanjón de Canapé su fondo. A favor del ciudadano EDWARD ALEXANDER RODRIGUEZ SEQUERA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.698.388 y residenciado en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1160/2006.
La .Jueza,

Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria.

Abog. Karelia Marilu López Rivero

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-
La Secretaria,