REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMER INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 06 de Diciembre de 2006.
Años: 194° y 147°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos: NERSON PINEDA y GAUDIS WILIAN MARTINEZ ARTEAGA, ambos Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Números: 4.478.506 y 3.258.108, respectivamente, ambos domiciliads en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías fomentadas en un área de terreno propiedad Municipal, ubicado en la calle Zabaleta entre avenidas Padre Daboin y Avenida Libertador Sector Banco Obrero, Parroquia Albarico, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, cuyas medidas son Doscientos Cincuenta y Dos Metros Cuadrados con Cincuenta y tres Centímetros (252,53 Mts.2) de frente por noventa y siete metros cuadrados con veintiun centímetros (97,21 Mts.) de fondo; alinderado de la siguiente manera: Norte: Modesta Castillo; Sur: Saba Lara; Este; Calle Zabala; y Oeste: Elodia Barrio; constituida por una casa con paredes de bloques de cemento, techo de zinc, constante de un (1) cuarto, Una (1) cocina; Una (1) Sala; Un (1) baño. A favor de la ciudadana CRUZ MARLENY FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.482.196, de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.- Se le asignó el N° 1114/2006.
La Jueza
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero.
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero.
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