JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 06 de Diciembre de 2006.
Años: 195° y 147°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JULIO ENRIQUE DIAZ ZERPA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 1.856.513 y domiciliado en la Urb. La Ascensión, vereda 43, N° 16, jurisdicción del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y MOISES ENRIQUE CARRILLO RIVERO Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 4.972.680 y domiciliado en tercera avenida entre calles 9 y avenida Caracas, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy;; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad Municipal, cuya extensión es de Dieciocho metros con Cuarenta centímetros (18,40mts) de frente por catorce metros con cuarenta centímetros (14,40mts) de fondo, ubicadas en la avenida tres (03) con calle diecisiete (17) en la ciudad de Chivacoa Municipio Autónomo Bruzual del Estado Yaracuy, consistentes en un bien inmueble (casa) , que consta de techo de zinc, paredes de bloques, piso de cemento, tres (03) habitaciones, dos (02) con puertas de madera y una (01) con una puerta de hierro, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina empotrada, dos (02) baños, un (01) patio, la mitad con piso de cemento y la otra mitad de tierra, un (01) caney pequeño, con una altura de tres (03) metros; alinderada de la siguiente manera: Norte: Solar y casa de Juan José Pérez, Sur: Avenida tres (03) que es su frente, Este: Calle diecisiete (17) y Oeste: Solar y casa que es o fue de Panfila Tovar. A favor de la ciudadana RUFA COLMENAREZ DE LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.122.663 y domiciliada en la avenida tres (03) con calle diecisiete (17) en la ciudad de Chivacoa Municipio Autónomo Bruzual del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 1122/2006.
La .Jueza,

Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular

La……
…. Secretaria,

Abog. Karelia Marilu López Rivero


En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de folios útiles.-
La Secretaria,

Abog. Karelia Marilu López Rivero