JUZGADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 7 de Diciembre de 2006
Años: 195º y 147º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados, ciudadanos: KARLENNY DAYANA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 16.754.220 y FERMIN ANTONIO PERDOMO CORONA venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-12.080.645, ambos domiciliados en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias, en terreno pertenecientes al Instituto Nacional de Tierras (INTI), con una extensión de Treinta y Cuatro (34) Hectáreas con Nueve Mil Treinta y Dos Metros Cuadrados (34.932 /Has/Mts2), ubicado en el Asentamiento Campesino Ferrocarril Bolívar Lote II, Jurisdicción del Municipio Manuel Monge del Estado Yaracuy, el cual consisten en una casa rural con paredes de bloque, techo de asbesto, piso de cemento, cinco (5) habitaciones, cocina, comedor de ocho por seis (8 x 6) metros, cerca perimetral de cinco (5) pelos de alambre púas con estantillo de rabo rata, una vaquera con comedero y bebedero con su respectivo techo de zinc, un corral de madera que es de treinta por treinta (30 x 30) metros, quince (15) divisiones internas con pastos braquiaria, estrella alemana y guinea, acometida de luz eléctrica con cuatro (4) lagunas internas y ocho (8) tanquillas distribuidas en los potreros; alinderado de la siguiente manera: NORTE: Predios YU-8-12-32 y YU-10-14-34 ; SUR: Predios YU-3-7-32 y YU-1-34 con eje principal de por medio; ESTE: YU-4-34 con carretera 34 de por medio; y OESTE: YU-2-4-8-12-16-20-30-32 con carretera 32 de por medio; a favor de los ciudadanos: JUAN MARTIN MESA y ALBERTO JESUS MARTIN MESA, de nacionalidad, Española, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-204.487y E-81.123.038 respectivamente y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal. Solicitud Nro. 1131/2006
La Jueza,

Abgº. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria,

Abg. Karelia Marilu López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.
La Secretaria,

Abg. Karelia Marilu López Rivero