REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
196° Y 147°
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-S-2006-000043
PARTES DEMANDANTES: EDUARDO JOSÉ PERAZZO RAMÍREZ Y MARYHEVIN ALEXANDRA PEREIRA DE PÉREZ
REPRESENTADOS POR: Abg. FRANCISCO PÉREZ
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO AUTONOMO DE DESAROLLO ECONÓMICO DEL ESTADO YARACUY (IADEY)
EN LA PERSONA DE: Lic. FRANCISCO A. CAPDEVIELLE
REPRESENTADO POR: Abg. FREDDY ANTONIO TORRES y Lic. LUIS S. CORDOVA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Diecinueve (19) días del mes de Diciembre de 2006, siendo las Nueve de la mañana (09:00 AM), oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Solicitud de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, incoada por los ciudadanos: EDUARDO JOSÉ PERAZZO RAMÍREZ Y MARYHEVIN ALEXANDRA PEREIRA de PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.374.907 y V-12.938.247 respectivamente, ambos de este domicilio, representados en este acto por su Apoderado Judicial, Abogado en ejercicio: FRANCISCO GERONIMO PÉREZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.914.588, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 55.353, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, en CONTRA: el INSTITUTO AUTONOMO DE DESAROLLO ECONÓMICO DEL ESTADO YARACUY (IADEY), en la persona del ciudadano: Licenciado. FRANCISCO ANTONIO CAPDEVIELLE LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.456.355, de este domicilio, en su condición de Presidente del Instituto demandado, representado en este acto por el Lic. LUIS SAMUEL CORDOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-12.725.116, de este domicilio, actuando en su condición de Administrador del Instituto Demandado y por su Apoderado Judicial el Abogado: FREDDY ANTONIO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-13.985.989, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 102.046, de este domicilio, actuando con su carácter acreditado en autos, conforme a la causa signada con el Nº UP11-S-2006-000043, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto ambas partes; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por lo tanto se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día MARTES 09-01-2007, a las 09:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y efectos, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los Diecinueve (19) días del mes de Diciembre de 2006. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 09:50 AM. La Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
Por las Partes Demandantes: Por la Parte demandada:
Instituto Autónomo de Desarrollo Económico del Estado Yaracuy (IADEY)
Representados Por: Representado por:
Lic. LUIS S. CORDOVA. (Administrador)
Abg. FRANCISCO PEREZ Abg. FREDDY ANTONIO TORRES (Apoderado)
La Secretaria,
Abg. MIRBELIS ALMEA ALVAREZ
EXPEDIENTE Nº UP11-S-2006-000043
AVLH/MAA/AlexzandraMora
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