REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLÍVAR.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, 13 de Diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : FP01-O-2006-000038
ASUNTO : FP01-O-2006-000038
AUTO DECRETANDO LA INADMISIBILIDAD
DE LA ACCION DE AMPARO
Vista la acción de amparo interpuesta por el Abogado GILBERTO RUA, actuando en representación de los ciudadanos JHONAS ALEXANDER RUA BOLÍVAR, LLUVIA ARENA RUA BOLÍVAR Y SAÚL JOSUÉ RUA BOLÍVAR.
Este Tribunal en fecha 30/11/2006 una vez revisadas las actuaciones contentivas de la Acción de Amparo, observo la omisión de requisitos necesarios establecidos en los Ordinales 1°, 2°, 3° y 6° del Artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
En fecha 08/12/2006 el ciudadano GILBERTO RUA, introdujo escrito donde subsano los requisitos del ordinal 1°, pero en cuanto a los ordinales 2° y 3° del artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, siguen siendo indeterminado, en cuanto a la identificación y ubicación de los supuestos agraviantes, en cuanto al ordinal 6° no llenó las exigencias de Ilustración a este Tribunal, Razón por la cual de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se declara la Inadmisibilidad de la acción de Amparo incoada por el ciudadano GILBERTO RUA, representación de los ciudadanos JHONAS ALEXANDER RUA BOLÍVAR, LLUVIA ARENA RUA BOLÍVAR Y SAÚL JOSUÉ RUA BOLÍVAR.
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Penal Tercero en Funciones de Juicio actuando en forma Unipersonal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, Declara la INADMISIBILIDAD de la presente acción de Amparo interpuesta por el Abogado GILBERTO RUA, actuando en representación de los ciudadanos JHONAS ALEXANDER RUA BOLÍVAR, LLUVIA ARENA RUA BOLÍVAR Y SAÚL JOSUÉ RUA BOLÍVAR, interpuesta en contra de del Grupo Musical Master Boys. Notifíquese al Abogado accionante de la presente decisión.
EL JUEZ TERCERO DE JUICIO
Abog. Alexander José Jimenez Jimenez
El SECRETARIO DE SALA
Abog. Lidia González
AJJJ/marcos