REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION
Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR SEDE CIUDAD BOLIVAR
ASUNTO: FP02-L-2006-0000309
Definitivamente firme como ha quedado la decisión dictada por este Juzgado en fecha 30-11-06, este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena el ARCHIVO DEFINITIVO, de la presente causa. Dada Sella y firmada en la Sala de este Despacho, a los 13 días del mes de Diciembre del 2006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación de la República Bolivariana de Venezuela. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.
LA JUEZ
ABG. LETICIA FERREIRA MALAVE.
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA VIGINIA SIFONTES.
En esta misma fecha siendo las Doce y Diez minutos de la tarde (12:10 P.M) se publicó la presente decisión dándose cumplimiento a lo ordenado en la misma. Conste.-
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA VIGINIA SIFONTES.
LFM/mvch.-